El máximo tribunal de la provincia confirmó que el hombre deberá otorgarle una importante compensación económica a la mujer. Los jueces supremos entendieron que existió una relación con un “estereotipo patriarcal” La Suprema Corte de Justicia de Mendoza sentenció que un hombre le otorgue una compensación económica a su exesposa, en un conflicto judicial por el divorcio del matrimonio. El fallo de la Sala Primera, con votos de Teresa Day, Julio Gómez y Pedro Llorente, cobró relevancia al aplicar perspectiva de género, ya que entendió que hubo desigualdad patrimonial entre los involucrados.
Se trata de una relación que duró veinte años de convivencia y que atravesó un complicado proceso de separación. A partir de la sentencia, el exesposo se verá obligado a abonar más de 4 millones de pesos. El motivo de la resolución deriva del sacrificio laboral y profesional que implica la dedicación a tareas domésticas y cuidado familiar por parte de la exesposa. En parte de su demanda, la mujer expuso que conoció a su exesposo a los 17 años y, a partir de allí, interrumpió sus estudios para mudarse con él y formar una familia. A su vez, con el correr de los años, debió dedicarse a su hogar y al cuidado de sus cuatro hijos, mientras que el esposo se consolidaba profesionalmente.
Bajo estas condiciones, la Sala Primera del máximo tribunal reafirmó la importancia de juzgar con perspectiva de género y de aplicar la compensación económica en casos donde el impacto financiero de la ruptura afecta más a uno de los cónyuges.
De hecho, además de representar una medida de justicia patrimonial, esta sentencia promovió un reconocimiento explícito del trabajo doméstico y de la desigualdad que pueden generar los roles tradicionales en las relaciones de pareja. La postura de los involucrados
El proceso judicial comenzó con una demanda económica en 2023, en la que la mujer solicitó una suma compensatoria, considerando que la relación prolongada le había ocasionado una situación patrimonial desventajosa. Es decir, luego del matrimonio, ella intentó estudiar y desarrollarse profesionalmente, pero las obligaciones familiares no se lo permitieron.
Según lo expuesto por la mujer, este sacrificio por el rol asumido terminó provocando una brecha económica y patrimonial con su exesposo, que se evidenció al momento de la separación. El hombre, por su parte, sostuvo que asumió la mayor parte de las responsabilidades familiares y económicas, permitiéndole a ella la libertad de acción. Con este argumento, lo que intenta es explicar que su exesposa contaba con ayuda externa para el cuidado de los hijos y las tareas domésticas.
La Corte, analizando ambas posturas, consideró que los argumentos de la exesposa eran sólidos y reflejaban un impacto real en su vida financiera. A raíz de ello, también rechazó la visión del demandado sobre las “prioridades sociales” de su exesposa como un estereotipo patriarcal.
Por último, se concluyó que los roles asumidos en la relación, la limitación de oportunidades laborales de ella y la disparidad patrimonial al final del vínculo justificaban la compensación económica solicitada.
La apelación por parte del exmarido
Una vez constatada la decisión de la Suprema Corte de Justicia, el exesposo decidió llevar adelante una apelación. Lejos de recibir una respuesta positiva, el máximo tribunal de la provincia rechazó el recurso y consideró que la Cámara había hecho una correcta interpretación del desequilibrio económico.
Incluso, los jueces advirtieron que la relación desigual en el patrimonio no era solo fruto del matrimonio sino de toda la relación de veinte años y en la que se acumuló un importante patrimonio a nombre del exesposo.
En Argentina, este fallo se une a otras decisiones similares que destacan la importancia de reparar las desigualdades económicas que persisten tras el divorcio y que, en muchos casos, impactan de forma desproporcionada sobre las mujeres.